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La protección de los trabajadores migrantes basada en derechos: la respuesta normativa de la OIT

    1. [1] Universidad de Alcalá

      Universidad de Alcalá

      Alcalá de Henares, España

  • Localización: Temas Socio-Jurídicos, ISSN-e 2590-8901, ISSN 0120-8578, Vol. 38, Nº. 76, 2019 (Ejemplar dedicado a: Temas Socio-Jurídicos), págs. 24-53
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • Rights-based protection for migrant workers: the regulatory response of the ILO
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      La protección internacional de las migraciones ha adquirido una mayor relevancia ante el aumento de los flujos migratorios laborales. Este proceso se ha producido debido al desarrollo de la globalización económica y a la ausencia de posibilidades de empleo en los países de origen. El presente trabajo analiza la respuesta normativa de la OIT y los principales obstáculos que su aplicación presenta en el contexto internacional. La respuesta tradicional a dicho fenómeno se ha producido en virtud de los Convenios de la OIT. Estas disposiciones normativas se aplican con carácter general a todos los trabajadores y su efecto jurídico expansivo incluye, ineludiblemente, a los trabajadores migrantes. Se trata, sin duda, de convenios estrechamente relacionados con el trabajo de las personas migrantes, que nos obliga a realizar un análisis transversal y sistemático de una regulación ciertamente dispersa. La situación de especial vulnerabilidad de los trabajadores migrantes nos tiene que hacer reflexionar sobre las situaciones de explotación y de precariedad laboral presentes en la realidad actual.

    • English

      International protection of migrations has taken on greater relevance in light of an increase in labor migration flows. This process has occurred because of on-going economic globalization and the lack of employment possibilities in the countries of origin. This paper analyzes the regulatory response of the ILO and main obstacles that its application presents in the international context. The traditional response to this phenomenon has been an outcome of ILO Conventions. These regulatory provisions apply in general to all workers, and their expansive legal effects unavoidably include migrant workers. This undoubtedly means conventions that are closely related to the work of migrant people, which compels us to conduct a cross-cutting and systematic analysis of a truly dispersed regulation. The especially vulnerable situation of migrant workers causes us to reflect on the conditions of labor exploitation and precariousness present in the current reality.


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