Según el sistema político jurídico, la Sala Civil de la Corte Suprema deJusticia no está legitimada para crear normas. Esto deja entrever unavisión distinta desde la práctica. En este texto se evidencia a partir deanálisis líneas jurisprudenciales en conflictos contractuales de derechoprivado, la respuesta afirmativa a la hipótesis de la existencia de unacreación Judicial del Derecho donde los jueces sí crean derecho yterminan por superar los vacíos que la ley ofrece. No obstante, han desoportarse en razones suficientes de su proceder y a su vez, armonizarcon el sistema.
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