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Resumen de Revisión con riesgo bajo, y también con riesgo alto: razones para que las valoraciones de riesgo no impidan la revisión de la prisión permanente.

Lucía Martínez Garay

  • español

    La conformidad de la pena de prisión permanente con los derechos humanos depende, según la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y de nuestro Tribunal Constitucional, de que resulte revisable de iure y de facto. Sin embargo, el riesgo de reincidencia es el criterio central del que depende la revisión, cada vez más las valoraciones de riesgo se realizan con herramientas estructuradas o con algoritmos, y es probable que un porcentaje relevante de dichas valoraciones, aplicadas a esta clase de pena, den resultados de riesgo alto, lo que podría favorecer una denegación sistemática de las revisiones y, con ello, que la pena termine siendo irredimible de facto. Este trabajo analiza detalladamente los motivos por los que esto es así, critica la manera en que la STC 169/2021 pasó por alto este problema, y ofrece una propuesta razonada para evitar llegar a este resultado, que consiste en utilizar el nivel de riesgo no como un criterio para conceder o denegar la revisión de la pena, sino como guía para establecer el tipo y la intensidad de la supervisión a la que deba ser sometida la persona tras la excarcelación.

  • English

    The conformity of life imprisonment with human rights depends, according to the case law of both the European Court of Human Rights and the spanish Constitutional Court, on its de jure and de facto reducibility. However, the risk of recidivism is the central criterion on which review depends, risk assessments are increasingly carried out with structured tools or algorithms, and it is likely that a significant percentage of such assessments, applied to this kind of penalty, give results of high risk, which could lead to a systematic refusal of reviews and thus make the penalty not reducible de facto. This paper analyses in detail the reasons why this is so, criticises the way in which the Constitutional Court overlooked this problem in Decision 169/2021, and offers a reasoned proposal to avoid reaching this result, which consists in using the level of risk not as a criterion for granting or denying the review of the penalty, but as a guide to establish the type and intensity of supervision to which the person should be subjected after release from prison.


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