La cuestión sobre la que tiene que decidir el TEAC en esta resolución se centra en determinar si el requerimiento efectuado por la Administración al deudor principal —ex artículo 162 de la LGT—, por el que se le solicitaba una relación de bienes y derechos integrantes de su patrimonio en cuantía suficiente para cubrir el importe de la deuda tributaria tiene efectos interruptivos de la prescripción del derecho de la Administración para exigir el pago de la deuda.
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