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¿Cuál es el régimen jurídico de los concejales que abandonaron su grupo político municipal «Más Madrid» de procedencia? ¿Concejales no adscritos o grupo mixto?

  • Autores: Sergio Monteserin Heredia
  • Localización: Consultor de los ayuntamientos y de los juzgados: Revista técnica especializada en administración local y justicia municipal, ISSN 0210-2161, Nº. 5 (mayo), 2023
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • Materia: Transfuguismo; concejal no adscrito; grupo mixto local; abandono de la formación política; régimen jurídico de las coaliciones electorales.

      Resolución recurrida: Sentencia de 05/05/2022 del Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. 30 de Madrid, por la que, con estimación del recurso interpuesto por el grupo municipal «Más Madrid» contra la resolución del Ayuntamiento de Madrid de constituir el grupo mixto local, obliga al Ayuntamiento a «disolver el grupo mixto y declara que los cuatro concejales que abandonaron el grupo municipal "Más Madrid" adquieran la consideración de miembros "no adscritos"».

      Resolución: Sentencia N.o 79/2023, de 16 de febrero, del TSJ de Madrid recaída en apelación contra la anterior Sentencia citada, por la que se desestiman los recursos de apelación interpuestos por las representaciones procesales del grupo municipal «Vox», así como por el Ayuntamiento de Madrid; y con estimación parcial del recurso de apelación formulado por la representación procesal de los cuatros concejales que abandonaron el grupo municipal «Más Madrid», en cuanto revoca la imposición de costas procesales en primera instancia.


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