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De nuevo, sobre la Ley de Procedimiento Administrativo de la UE y la regulación del procedimiento de infracción

  • Autores: Isaac Ibáñez García
  • Localización: Diario La Ley, ISSN 1989-6913, Nº 10286, 2023
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La Comisión Europea acaba de presentar su Comunicación «Hacer cumplir el Derecho de la UE para una Europa que ofrezca resultados», en la que señala que el cumplimiento del Derecho de la UE es una prioridad absoluta para la Comisión.

      Dichas consideraciones se compadecen mal con la forma en que la Comisión aplica, en ausencia de normas vinculantes, el procedimiento de infracción del Derecho de la UE previsto, sucintamente, en los artículos 17 y 258 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Por ello, el Parlamento Europeo debe exigir (rectius, reiterar), sin más dilación, la adopción de una ley europea de procedimiento administrativo y la promulgación de un reglamento que regule, de forma vinculante y transparente, el procedimiento de infracción del Derecho de la UE. Para ello, ha requerido a la Comisión Europea que realice una investigación preliminar sobre este asunto.


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