Como es bien sabido, el sistema español de medidas de seguridad e higiene se basa en la idea central de la más amplia y total protección de la persona del trabajador en el desempeño de su prestación laboral. Como expresión de esta idea, el artículo 4.2.d) del Estatuto de los Trabajadores reconoce el derecho básico del trabajador a su integridad física y a una adecuada política de seguridad e higiene.
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