La transparencia es una exigencia de todo Estado democrático de derecho, como principio rector de la actuación de la Administración pública y el derecho de acceso a la información pública una de sus principales manifestaciones. El derecho español ha tardado en hacer efectivo este derecho a través de un desarrollo legal propio, tras incluirse en el Texto Constitucional; y lo ha hecho mediante una ley ordinaria, no como parte de la doctrina que defendía otorgarle el carácter de derecho fundamental. Así, también debe ser vocación política la de contribuir a potenciar los principios y valores de la democracia participativa a través del cumplimiento de la normativa por todo el personal obligado a ello. En análogos términos podemos referirnos a las leyes administrativas, en algunas de las cuales se ha incorporado la transparencia como principio de actuación de la Administración, lo que bien merece que la transparencia se convierta en un objetivo prioritario de todo gestor público.
Transparency is a requirement of every democratic State of law, as a guiding principle of the actions of the Public Administration and the right of access to public information one of its main manifestations. Spanish law has been slow to enforce this right through its own legal development, after being included in the Constitutional Text; and has done so through an ordinary law, not as part of the doctrine that avocated granting it the character of a fundamental right. Thus, it must also be the political vocation to contribute to the strengthening the principles and values of participatory democracy through compliance with the regulations by all personnel obliged to do so. In similar terms we can refer to administrative laws, in some of which transparency has been incorporated as a principle of action of the Administration, which well deserves that transparency becomes a priority objective of every public manager.
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