La Sentencia del Tribunal Supremo de 9/02/2022 sobre la ejecución de sentencia en el asunto Valdecañas ha traído de nuevo a la actualidad la doctrina sentada por el Tribunal Constitucional en su STC 134/2019, de 13 de noviembre en la que declaró que todo el suelo incluido en Red Natura 2000 debe quedar preservado de la transformación urbanística, permanecer en situación de suelo rural excluido del proceso urbanizador y ser clasificados como suelo no urbanizable. En el presente artículo, partiendo de la regulación sobre la Red Natura 2000 y la jurisprudencia del TJUE se pone en tela de juicio que la decisión adoptada por el Tribunal Constitucional en dicha sentencia haya sido la correcta.
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