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La armonización del delito de trata de seres humanos en la Unión Europea: ¿son suficientes normas mínimas?

    1. [1] Universidad de Salamanca

      Universidad de Salamanca

      Salamanca, España

  • Localización: Procesos migratorios y desafíos en el marco del pacto mundial para la migración segura, ordenada y regular / coord. por Isabel Seixas Vicente, Manuel Cabezas Vicente; Héctor Centeno Martín (dir.), Miguel Ángel Andrés Llamas (dir.), 2023, ISBN 978-84-1311-769-0, págs. 307-317
  • Idioma: español
  • Enlaces
  • Resumen
    • La Unión Europea (UE) ha aprobado desde finales de los años 1990 instrumentos de definición de la trata de seres humanos. Estas decisiones-marco y directivas prevén también sanciones para los autores de tal delito. No obstante, la UE solamente puede adoptar nor- mas mínimas, es decir que los Estados miembros siempre pueden ir más lejos, ya sea en la definición de los elementos típicos o en la cuantía de la pena. La utilización de normas mí- nimas, si bien permite el respeto de las tradiciones y sistemas jurídicos nacionales, plantea problemas a la hora de armonizar el delito en la UE, ya que el delito no se define ni se pena de la misma manera en todos los Estados miembros, llevando a una falta de coherencia de la acción de la UE.


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