Una concepción tradicional de la argumentación jurídica considera que se debe resolver casos jurídicos a través de subsunción y deducción. Hugo Zuleta disputa esta posición, rechazando así la "concepción puente" de las normas, la que fue defendida en particular por Carlos Alchourrón y Eugenio Bulygin. Según la "concepción puente" la norma condicional incluye una modalidad deóntica solo en su consecuencia, mientras su antecedente consiste en un enunciado descriptivo (p → Oq). En cambio, Zuleta propone la "concepción insular", que pone la modalidad deóntica adelante del condicional (O(p → q)). Discutiré estas concepciones, evaluando su adecuación en distintos ámbitos de aplicación. En particular, defenderé la tesis de que la crítica a la "concepción puente" tiene razón en cuanto se trata de conflictos normativos. Así, la "concepción insular" puede tener una aplicación importante en la teoría de los principios, que trata justamente del análisis de normas en conflicto.
The traditional conception of legal argumentation is that legal cases are resolved by means of subsumption and deduction. Hugo Zuleta disputes this position, rejecting the "bridge conception" of norms, which was defended in particular by Carlos Alchourrón and Eugenio Bulygin. According to the "bridge conception", the conditional norm includes a deontic modality only in its consequence, whilst the antecedent consists of a descriptive sentence (p → oq). By contrast, Zuleta defends the "isle conception", which puts the deontic modality in front of the conditional (O(p → q)). I will discuss these conceptions, assessing their adequacy in distinct fields of application. In particular, I will defend the thesis that the critique of the "bridge conception" is correct in the case of norm conflicts. Thus, the "isle conception" can have an important application in the theory of principles and the analysis of norm conflicts.
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