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Los límites del unilateralismo en el sistema de solución de diferencias de la Organización Mundial del Comercio: El Informe del Grupo Especial sobre los artículos 301 a 310 de la Ley de Comercio Exterior de los Estados Unidos

  • Autores: Irene Blázquez Navarro
  • Localización: Anuario español de derecho internacional, ISSN-e 2173-3775, ISSN 0212-0747, Nº 16, 2000, págs. 3-38
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • I. INTRODUCCIÓN. A. El unilateralismo en la política comercial de los Estados Unidos: el régimen normativo de los artículos 301-310 de la Ley de Comercio Exterior de 1974. B. La impugnación por la Comunidad Europea de la legislación estadounidense. C. La Ronda Uruguay: ¿multilateralismo y unilateralismo en el nuevo sistema comercial?- II. EL CONTENIDO NORMATIVO Y EL PROCEDIMIENTO DE LOS ARTÍCULOS 301-310 DE LA LEY DE COMERCIO EXTERIOR DE 1974. A. Finalidad de los artículos 301-310. B. Criterios sustantivos: artículos 301 a) y 301 b). C. Procedimiento de los artículos 301-310: iniciación, investigaciones, consultas, represalias. D. La Declaración de Acción Administrativa de los Estados Unidos posterior a la Ronda Uruguay.- III. EL INFORME DEL GRUPO ESPECIAL: UNILATERALISMO PERMITIDO. A. El estatuto en el sistema GATT/OMC de las legislaciones que amparan una actuación contraria a los Acuerdos OMC. B. La compatibilidad del artículo 304 con el artículo 23.2.a) ESD. C. La compatibilidad del artículo 306 con el artículo 23.2.b) ESD. D. La compatibilidad de los artículos 305 y 306 con el artículo 23.2.c) ESD.- IV. UNA REFLEXIÓN FINAL.


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