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Resumen de Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente a la COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia

Juan Ignacio Santabaya González, María José Riofrío Casajoana

  • El 14 de marzo de 2020, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto 463/2020, por el que se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Como consecuencia del estado de alarma y de la propia coyuntura económica derivada de la crisis sanitaria, he resultado imprescindible adoptar una serie de medidas mediante las cuales se pretende, por un lado, adaptar el funcionamiento de la Administración de Justicia y, por otro, modificar ciertas instituciones procesales, en previsión del aumento de litigiosidad.

    En este contexto, el pasado 19 de septiembre de 2020 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la administración de justicia. En el presenten artículo se analizan las principales medidas adoptadas por dicha Ley, en el ámbito civil, y de las cuales, en atención a la materia, nos centramos en: (i) medidas procesales; (ii) medidas organizativas y tecnológicas; y (ii) medidas en el ámbito concursal y societario.


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