La Ley 26/2014 introdujo en la normativa del IRPF un exit tax sobre las plusvalías latentes en acciones y participaciones significativas.
La propia regulación de esta figura, así como el transcurso de los casi cuatro años en que ha estado en vigor, han puesto de manifiesto diversas divergencias normativas y problemas prácticos de índole recaudatoria que en algunos casos agravan significativamente la situación tributaria de las personas físicas que desplazan su residencia al extranjero.
Dado que el legislador español tiene pendiente adaptar la imposición de salida en el ámbito societario a las directrices europeas[1], y a la vista de que la movilidad geográfica está adquiriendo una mayor relevancia, resulta conveniente que el legislador, aprovechando la oportunidad, lleve a cabo una labor homogeneizadora y resuelva los problemas técnicos y prácticos que se han detectado en el ámbito del exit tax en el IRPF.
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