El presente trabajo analiza el régimen temporal de ayudas de Estado diseñado en la Unión Europea para paliar los perjuicios económicos que, para las empresas, en especial las compañías aéreas, ha supuesto la COVID-19. Su aplicación por los distintos Estados, mediante regímenes de ayudas o ayudas ad hoc otorgadas principalmente a sus antiguas compañías de bandera, ha implicado la adopción de numerosas Decisiones favorables de la Comisión. Algunas de ellas han sido recurridas por Ryanair, por lo que el Tribunal General ha debido pronunciarse y ha declarado su legalidad. Es el caso de España, que ha diseñado un marco temporal adaptado al europeo. Aprobado por la Comisión y recurrido por esta compañía de bajo+coste, también ha sido declarado conforme al Derecho de la Unión Europea por el Tribunal General siguiendo sus anteriores pronunciamientos
This paper analyzes the temporary regime of State aid designed in the European Union to mitigate the economic damage that COVID-19 has caused to companies, especially airlines. Its application by the different States, through aid schemes or ad hoc aid granted mainly to their former flag carriers, has involved the adoption of numerous favorable Decisions by the Commission. Some of them have been appealed by Ryanair, for which the General Court has had to rule and has declared its legality. This is the case of Spain, which has designed a temporary framework the European one. Approved by the Commission and appealed by this low-cost company, it has also been declared in accordance with European Union Law by the General Court following its previous judgements.
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