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Resumen de Plazos procesales del proceso monitorio europeo establecidos por una normativa nacional, adoptada al producirse la pandemia de Covid- 19 conferidos al demandado para presentar su escrito de oposición: TJ, Sala Tercera, S 15 Sep. 2022. Asunto C-18/21, Uniqa Versicherungen AG y VU

K. Jürimäe

  • El Derecho de la Unión Europea debe interpretarse en el sentido de que no se opone a la aplicación de una normativa nacional, adoptada al producirse la pandemia de Covid-19 que interrumpió durante aproximadamente cinco semanas los plazos procesales en materia civil, al plazo de treinta días que el art. 16, ap. 2, del Reglamento (CE) no 1896/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, por el que se establece un proceso monitorio europeo confiere al demandado para presentar escrito de oposición a un requerimiento europeo de pago.


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