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Resumen de Del sentido y alcance del artículo 826 inciso 1º del Código de Comercio de Chile

Renato Pezoa Huerta

  • El artículo 826 inciso 1º del Código de Comercio de Chile establece una definición del principal objeto material de las relaciones jurídicas marítimas: el buque, barco o nave, definiéndola como “toda construcción principal, destinada a navegar, cualquiera sea su clase o dimensión”. El presente artículo tiene por objetivo analizar, determinar y describir los componentes en que se erige la definición antedicha, interpretando el verdadero sentido y alcance de sendos elementos, determinando diametralmente entre el Derecho y la marinería, la esencia de su composición. Para ello se aplicarán las técnicas y criterios de interpretación contenidos en los artículos 19 a 24 del Código Civil de Chile. El resultado será, en definitiva, la armonización y uniformidad conceptual de los elementos que integran el significado legal de nave o buque en el Código de Comercio chileno, facilitando la aplicación e integración de esta norma jurídica en los casos de Derecho Marítimo.


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