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El principio de favorabilidad en el derecho administrativo especial tributario

    1. [1] Universidad de Medellín

      Universidad de Medellín

      Colombia

  • Localización: Revista Visión Contable, ISSN-e 2539-0104, ISSN 0121-5337, Nº. 9, 2011 (Ejemplar dedicado a: Enero-Diciembre), págs. 77-96
  • Idioma: español
  • Enlaces
  • Resumen
    • La Corte Constitucional es la institución a la cual se le ha confiado la guarda de la integridad y supremacía de la constitución y en este sentido es la encargada de dar el alcance a los principios y mandatos constitucionales. La Corte Constitucional se ha pronunciado acerca de la aplicación del principio de favorabilidad en el derecho administrativo especial tributario en varias ocasiones, y la tesis acogida por ésta es la siguiente: El principio de irretroactividad de la ley no es absoluto en el derecho administrativo especial tributario, la irretroactividad de las leyes tributarias se debe entender en el sentido que si las leyes tributarias generan efectos retroactivos que beneficien o favorezcan al contribuyente, estas leyes se aplican de forma inmediata a los denominados impuestos de período, de lo contrario, si no benefician o no favorecen al contribuyente se aplican el período siguiente al de su entrada en vigencia.


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