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La venta extrajudicial de finca hipotecada. Cuestiones sustantivas: especial referencia a la vivienda habitual

    1. [1] Universidad Complutense de Madrid

      Universidad Complutense de Madrid

      Madrid, España

  • Localización: Revista Crítica de Derecho Inmobiliario, ISSN 0210-0444, Año nº 98, Nº 792, 2022, págs. 2415-2435
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • The extrajudicial sale of a mortgaged property. Substantive issues: special reference to habitual residence
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • español

      La venta extrajudicial de finca hipotecada presenta una naturaleza diversa a la de un procedimiento jurisdiccional de ejecución en la medida en que supone el despliegue de un pacto privado entre acreedor y deudor que facilita a aquel el ejercicio del "ius vendendi" o "ius distrahendi", facultad estructural del derecho de hipoteca, a través de un procedimiento de jurisdicción voluntaria controlado por el notario. Este funcionario público ha de intervenir necesariamente en el procedimiento para asegurar los intereses del acreedor, del deudor y del hipotecante, así como de terceros titulares de derechos posteriores a la hipoteca que se ejecuta. También por exigencias de la prohibición del pacto comisorio que contiene el Código Civil. Para poder abrir un procedimiento de venta extrajudicial es preciso que la obligación garantizada consista en una obligación pecuniaria y que la cuantía de esta esté determinada al iniciarse la venta extrajudicial; además es preciso que se haya hecho constar en la escritura de hipoteca y en el Registro de la Propiedad la cláusula de venta extrajudicial con sus requisitos formales y de contenido; que se haya pactado el vencimiento anticipado de la obligación y que la deuda se liquide con arreglo a las estipulaciones pactadas en la escritura de constitución de hipoteca (en caso de amortizaciones progresivas, de interés variable y de interés moratorio).

    • English

      he extrajudicial sale of a mortgaged property has a different nature from that of a jurisdictional enforcement procedure insofar as it involves the deployment of a private agreement between creditor and debtor that facilitates the exercise of the ius vendedi or ius distrahendi, structural power of the mortgage right, through a voluntary jurisdiction procedure controlled by the Notary. This public official must necessarily intervene in the procedure to ensure the interests of the creditor, the debtor and the mortgagor, as well as thirdparty holders of rights subsequent to the mortgage that is executed. Also due to the prohibition requirements of the commission agreement contained in the Civil Code. In order to open an extrajudicial sale procedure, it is necessary that the guaranteed obligation consists of a pecuniary obligation and that the amount thereof is determined at the beginning of the extrajudicial sale; it is also necessary that the extrajudicial sale clause with its formal and content requirements have been recorded in the mortgage deed and in the Property Registry; that the early expiration of the obligation has been agreed and that the debt is settled in accordance with the stipulations agreed in the mortgage constitution deed (in the case of progressive amortizations, variable interest and default interest).


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