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Colusión algorítmica: La nueva era de los acuerdos y prácticas restrictivas

    1. [1] Universidad Andina Simón Bolívar

      Universidad Andina Simón Bolívar

      Bolivia

    2. [2] Universidad de las Américas, Ecuador
  • Localización: Actas de derecho industrial y derecho de autor, ISSN 1139-3289, Tomo 42, 2022, págs. 197-216
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • Algorithmic collusion: The new era of restrictive practices
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • español

      Las reuniones privadas de los ejecutivos de compañías para pactar precios y el futuro del mercado —llamadas smoke-filled room agreements— son cosa del pasado: los beneficios que reportan los algoritmos y de forma particular programas con inteligencia artificial a los operadores económicos son significativos, al permitirles supervisar de forma inmediata los precios, coordinar las actuaciones de todos sus miembros, reaccionar a las fluctuaciones del mercado o incluso tomar medidas de represalia en contra de un miembro rebelde que no respete el acuerdo.

      El hecho de que un algoritmo tenga el potencial de celebrar un acuerdo colusorio con otros algoritmos plantea un nuevo escenario para el Derecho de la competencia, siendo necesario el replantear los fundamentos de esta rama jurídica y debatir cual debería ser el toolkit de una agencia de competencia moderna para afrontar los nuevos retos.

      El presente artículo se compone de cuatro partes: la primera y segunda desarrollan una breve explicación técnica sobre los algoritmos y la inteligencia artificial; la tercera parte estudia a los acuerdos colusorios y los diversos escenarios de colusión algorítmica que se podrían configurar en la Unión Europea y Ecuador; y, la cuarta aborda los diversos remedios que la doctrina ha planteado para detectar y sancionar la colusión algorítmica.

    • English

      Private meetings of company executives to agree on prices and the future of the market —so called smoke-filled room agreements— are a thing of the past: the benefits reported by algorithms and in particular artificial intelligence programs to economic operators are meaningful, allowing them to immediately monitor prices, coordinate the actions of all its members, react to market fluctuations or even take retaliatory measures against a rogue member who does not respect the agreement.

      The fact that an algorithm has the potential to enter into a collusive agreement with other algorithms poses a new scenario for Competition Law, making it necessary to rethink the foundations of this branch of law, and to debate what should be the toolkit of a modern competition agency to face the new challenges.

      This article is composed of four parts: the first and second parts develops a brief technical explanation of algorithms and artificial intelligence; the third part studies collusive agreements and the various algorithmic collusion scenarios that could be configured in the European Union and Ecuador; and the fourth part addresses the different remedies that the doctrine has proposed to detect and sanction algorithmic collusion.


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