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La protección de los inventos por patentes

    1. [1] Universidad San Francisco de Quito

      Universidad San Francisco de Quito

      Quito, Ecuador

  • Localización: Iuris Dictio, ISSN-e 2528-7834, ISSN 1390-6402, Vol. 2, No. 4, 2001
  • Idioma: español
  • Enlaces
  • Resumen
    • Ni la Ley de Propiedad Intelectual (LPI) ni la Decisión 486 de la Comunidad Andina definen a la invención. Tampoco lo hacen la mayor parte de las legislaciones modernas, ni los tratados. Más bien la tendencia legislativa es la de establecer requisitos de patentabilidad. Las leyes mexicana y argentina sí lo hacen: se considerará invención a toda creación humana que permita transformar materia o energía para su aprovechamiento por el hombre”. La gran Enciclopedia Larousse señala que invención es acción y efecto de inventar e inventar es hallar la manera de hacer una cosa nueva o no conocida o una nueva manera de hacer algo. El Diccionario de la Real Academia Española tiene una similar definición.


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