Dentro de las controversias que la COVID-19 ha traído en el ámbito de la prevención de riesgos laborales, se encuentran las que pivotan alrededor de la realización de las pruebas diagnósticas por parte del empresario a sus empleados. Dicha cuestión puede ser analizada desde una doble perspectiva: (i) trabajador (¿es obligatorio someterse a este tipo de test por parte de la plantilla?; y (ii) empresario (¿es obligatorio para las empresas facilitar pruebas diagnóstico a sus trabajadores?).El primer enfoque fue estudiado en el anterior número de la Revista. Es turno ahora del segundo. Y es que, en el pronunciamiento objeto del presente comentario se analiza la cuestión de si el empresario está obligado a realizar pruebas diagnósticas a sus empleados.
Among the controversies that COVID-19 has brought about in the field of occupational risk prevention are those that revolve around the performance of diagnostic tests by the emplo-yer on their employees.This question can be analyzed from a dual perspective: (i) employee (is it mandatory for emplo-yees to undergo this sort of test?) and (ii) employer (is it mandatory for companies to provide diagnostic tests for their employees?). The first approach was studied in the previous issue of the Journal. It is now the turn of the se-cond. In the statement that is the subject of this commentary, the question of whether the em-ployer is obliged to carry out diagnostic tests on their employees is analyzed.
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