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Resumen de "La definición de los servicios sociales en las leyes de servicios sociales de "primera" y "segunda generación" en España"

Andrés Arias Astray, María Encarnación Guillén Sádaba, Darío Pérez Madera, Fernando de Lucas y Murillo de la Cueva

  • Al hilo de la reciente aprobación de las leyes 11/2003, de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Madrid y 1/2003, de 24 de febrero, de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, mediante las cuales se han venido a derogar, respectivamente, las Leyes 11/1984, de 6 de junio y 5/1987, de 11 de abril, este trabajo pretende analizar en qué medida dichas leyes suponen una nueva forma de entender los Servicios Sociales o una adaptación coyuntural de concepciones preexistentes a nuevas realidades y problemas sociales. Para tal fin se examinarán, en primer lugar, las características principales y la definición que se deriva de las primeras 17 leyes de Servicios Sociales aprobadas en España, o leyes de ¿primera generación¿, y, en segundo lugar, las de las 6 leyes de ¿segunda generación¿: la madrileña y la asturiana, así como las leyes 4/1993, de 14 de abril, de Servicios Sociales de la Comunidad de Galicia, 5/1996, de 18 de octubre, de Servicios Sociales del País Vasco, 5/1997, de 25 de junio, de Servicios Sociales de la Comunidad Valenciana, y 1/2002, de 1 marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de la Rioja.


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