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Consideraciones del derecho a la honra en cuanto a su respeto en un ambiente periodístico

    1. [1] Delegación Provincial Electoral de Loja
    2. [2] Consejo Nacional Electoral Transitorio
  • Localización: MIKARIMIN Revista Multidisciplinaria, ISSN-e 2528-7842, Vol. 5, Nº. 1, 2019 (Ejemplar dedicado a: Enero-Abril), págs. 119-128
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • El derecho a la honra ha evolucionado desde sus contenidos, a lo largo de  otros desarrollos que corresponden a las ciencias paralelas a las que los derechos pertenecen; situación que ha generado un acoplamiento entre la legislación y la comunicación; más que nada a partir de la evolución de los medios de comunicación. Todas estas exigencias sociales de una sociedad que avanza sin parar y que sus dinámicas hacen que el acceso a la información sea más grade y hasta desesperante para quienes hacen de esto el día a día, por la cantidad de información con la que se enfrentan, que la dispersión de la misma es cada vez más amplia; pero, al mismo tiempo cada vez más penetra en los acontecimientos personales más profundos. Esta penetración en el círculo personal, hace que las afectaciones que se puedan dar a una persona, sean cada vez más visible, y esto aupado por la extra – sensibilidad que las personas tienen frente a comentarios de terceros y más aún cuando se da por parte de una persona con cierto grado de incidencia política, como lo es un reportero o un periodista. La relación se vuelve más compleja en el periodismo político, el derecho a la honra no sabe si se expande o no, frente a una sociedad por el simple hecho de ser una representación ciudadana la que estaría  ostentando una persona como un actor político.Evidentemente, el alcance de las medidas de garantía al derecho a la honra que el Estado considere adoptar debe tomarse sin limitar indebidamente el derecho a la libertad de expresión. En este sentido dado el alto grado de protección del cual goza la libertad de expresión en la Convención, las medidas de garantía del derecho a la honra encuentra restricciones  desde varias perspectivas. Por lo que podemos definir que en este caso existe una colisión  ideológica y de contenidos entre el derecho a la honra y el derecho a la libertad de expresión. Una vez que  entendemos  los derechos y la interacción que éstos pueden tener  en virtud de lo que corresponde a la materia de este artículo, llega la hora de confrontarlos, como una técnica para quitar la colisión mencionada;  en la materia que nos acontece, debido al conflicto que se genera entre los contenidos y el alcance de los principios que los conforman.PALABRAS CLAVE: Derecho a la honra; periodismo; acceso a la información; derecho a la información; sistema de protección.


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