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¿Pueden, deben, la ética y el derecho detener el avance biotecnológico?

  • Autores: Eduardo Luis Tinant
  • Localización: Cuadernos de bioética, ISSN-e 2386-3773, ISSN 1132-1989, Vol. 14, Nº 51-52, 2003 (Ejemplar dedicado a: Reflexiones Metabioéticas), págs. 265-276
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • "El genoma humano es patrimonio de la humanidad, y como tal no es patentable" expresa la octava recomendación do la Declaración Bioética do Gijón de 2000, reiterando el criterio de la comunidad científica internacional. En virtud de ello, el articulo se propone examinar la cuestión de la patentabilidad de la vida a la luz de las diversas cosmovisiones antagónicas -que incluyen el pensamiento ecologista-, desde que la extensión de los derechos de propiedad industrial al material genético humano amenaza instrumentalizar al ser humano y desintegrarlo de sus elementos componentes conforme a las exigencias del mercado. De tal modo, se plantea la necesidad de volver a considerar a la dignidad del hombre como un valor superior al de la utilidad económica y de afirmar la primacía del orden ético sobre la técnica y los intereses puramente comerciales, así como de un rol cada vez más activo del derecho. Por esta vía el derecho tiene que operar como una media (promedio) de control social y una medida (proporción adecuada) de cambio social, pudiendo y debiendo intervenir no para detener el desarrollo biotecnológico pero si para orientarlo, regularlo y controlarlo y, llegado el caso, para prohibir determinadas prácticas que sean contrarias a la dignidad humana, las libertades fundamentales y los derechos humanos.


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