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Resumen de El arrendamiento de vivienda de protección oficial normativa aplicable

Joaquín Barja Pereiro

  • La Ley 29/1994 de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, produjo significativos cambios en el régimen jurídico del arrendamiento de "Viviendas de Protección Oficial" al no haberlo excluido de una aplicación como hacía la legislación anterior, cometiéndolo consiguientemente a ella, salvo en las expresas y determinadas excepciones de cu aplicación a las viviendas de promoción pública. El régimen arrendaticio del contrato difiere ahora en función de cu fecha de celebración; los celebrados con anterioridad a la Ley 29/1994 continúan rigiéndose por cu normativa peculiar y supletoriamente por el Texto Refundido de 1964; los concertados con posterioridad tienen una doble sujeción: preferentemente a la nueva Ley, y en lo que no la contradiga o que con arreglo a ella sea susceptible de pacto, por cu normativa específica. La Ley reduce la duración del régimen legal para las calificadas para arrendamiento. Anula las estipulaciones de rentas ilícitas. Impide el desahucio administrativo.


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