Macarena Rodrigo Fernández, José Antonio López Díaz
El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) tiene por objeto indemnizar, en la forma establecida en su Estatuto Legal y en régimen de compensación, las pérdidas derivadas de acontecimientos extraordinarios acaecidos en España. Dentro de estos acontecimientos se encuentran fenómenos de la naturaleza como la Tempestad Ciclónica Atípica (TCA), en la que están incluidos los vientos extraordinarios, definidos como aquellos que presentan rachas que superen los 120 km/h. Se entiende por racha el mayor valor de la velocidad del viento sostenida durante un intervalo de tres segundos.El CCS solicita la colaboración de la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) en la delimitación geográfica del área de afectación del fenómeno meteorológico descrito mediante la extrapolación, con los criterios científicos más avanzados, de las mediciones existentes, de forma que se procure la mayor homogeneidad posible en la definición del área y se evite la exclusión de puntos aislados, teniendo en consideración las mediciones en los municipios limítrofes y, en su caso, los colindantes a estos.En este trabajo se presenta el Modelo de Impacto Económico (MIE) desarrollado para las situaciones de rachas máximas extremas y para el área concreta de la España Peninsular e Islas Baleares.
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