La nueva norma de revisión de calidad de los encargos le otorga una entidad propia a este tipo de revisiones, que con la normativa de calidad anterior aparecía como un apartado de la NIA-ES 220. La NIGC2-UE introduce cuestiones importantes relacionadas con los criterios de elegibilidad del revisor de calidad del encargo (0), así como las políticas y procedimientos de la firma respecto del EQR, las tareas propias de la revisión, así como la finalización de esta y el modo de documentarse. No se deben dejar de observar los criterios de interpretación introducidos por el ICAC en su adaptación al marco normativo que regula la auditoría en España
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