La atribución del uso de la vivienda familiar de forma exclusiva a uno de los cónyuges/progenitores en los procedimientos de familia, puede producir en el otro un perjuicio derivado de la privación de ese uso cuando es propietario o copropietario de dicha vivienda. Por ello se plantea la existencia de mecanismos que equilibren entre los cónyuges/progenitores el reparto de las consecuencias y efectos de la crisis familiar, en aras a la igualdad de los mismos, con especial referencia al mecanismo de compensación económica por pérdida del uso de la vivienda familiar que prevé el art. 12.7 de la Ley 7/2015, del Parlamento Vasco.
The attribution of the use of the family dwelling exclusively to one of the spouses/parents in the family proceedings, can produce in the other a damage derived from the deprivation of that use when it is owner or co-owner of that dwelling. For this reason, the existence of mechanisms that balance between spouses/parents the sharing of the consequences and effects of the family crisis, in the interests of their equality, with particular reference to the mechanism of compensation for loss of use provided for in art. 12.7 of Law 7/2015, of the Basque Parliament.
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