Teresa Mateu-Gelabert, Cristina Lasmarías Martínez, Esther Limón Ramírez, Esperanza Martín Correa, Ramón Morera
Puntos para una lectura rápida • La nueva Ley estatal sobre la regulación de la eutanasia ha generado un nuevo derecho individual, incluido en la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud.
• La ayuda médica a morir es ahora un derecho de las personas que representa la máxima expresión de su autonomía. Nuestro deber profesional es acompañarlos en su decisión (o garantizar su acompañamiento por otros en caso de declararnos objetores).
• Está dirigida a personas que se encuentran en una situación de sufrimiento grave, crónico e imposibilitante o de una enfermedad grave incurable y que le cause un sufrimiento físico o psíquico intolerable.
• Cualquier persona que cumpla los requisitos establecidos por la LORE puede solicitar y recibir la prestación de ayuda para morir siempre que lo haga de manera autónoma, consciente e informada y en total libertad, sin presión externa.
• Es una decisión de la persona y merece ser respetada por el profesional.
• La objeción de conciencia es un derecho individual, nunca institucional.
• La objeción del profesional no puede vulnerar el derecho de la persona que solicita ayuda para morir.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados