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Del derecho de los internos de los establecimientos penitenciarios a acceder a su expediente penitenciario y a los informes técnicos emitidos por los profesionales que forman parte de los órganos colegiados, con ocasión de la sentencia del Tribunal Constitucional nº 164/2021, de 4 de octubre

  • Autores: Javier Ramírez
  • Localización: Gabilex: Revista del Gabinete Jurídico de Castilla-La Mancha, ISSN-e 2386-8104, Nº. 30, 2022, págs. 89-106
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • El Tribunal Constitucional rechaza la denegación de acceso a los informes de los profesionales que sustentan la adopción de acuerdos de los órganos colegiados, cuando esta se encuentra amparada en circunstancias abstractas o carente de cualquier concreción. Desplazar el derecho de los internos a acceder a la información relevante para articular su defensa a la vía judicial vulnera el derecho de defensa, en tanto que de la normativa y jurisprudencia penitenciaria se deriva el derecho de acceso en vía administrativa, reduciendo los obstáculos que impidan a los reclusos, ya de por sí en una situación de inferioridad respecto a la Administración, conocer e impugnar fundadamente las resoluciones de la Administración penitenciaria que limiten los derechos que la legislación penitenciaria le conceden


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