El desarrollo normativo y jurisprudencial del derecho de manifestación recogido en el artículo 21 de la CE, así como el avance del Estado de Derecho en nuestro país, ha ido obligando al legislador a ir promulgando sucesivas leyes de seguridad ciudadanas en el sentido de precisar y delimitar las actuaciones que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado pueden desarrollar en este ámbito. Con ello, se ha diseñado un marco jurídico cada vez más garantista del derecho de los manifestantes frente cualquier otra incomodidad que la propia manifestación pudiera entrañar.
Sin embargo, este esfuerzo normativo y jurisprudencial no se ha visto acompañado del desarrollo de unas pautas claras y sistematizadas a nivel interno mediante un protocolo de actuación que recoja todo ese acervo legal. En este artículo se analizarán los mencionados desarrollos legales y doctrinales para apuntar las bases de lo que podría suponer una regulación de la materia.
The case law and the legal framework evolution of the demonstration right contained in the art 21 CE as well as Spanish’s Rule of Law development, have forced the legislator to issue civil security laws to specify and limit the State Law Enforcement Officers’ actions on this issue. Leading to a better juridical frame of the demonstrator’s right against any uncomfortable situation while demonstrating.
However, this jurisprudential and law effort did not come along with clear and standardised internal acting protocol’s guidelines containing all its legal repertory. This paper will thus study the aforementioned legal and doctrinal developments to point out the basis of what can derive into its formal regulation.
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