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Resumen de La falta de acceso la educación superior pública en tiempos de pandemia por COVID-19, transgredió el derecho a la educación en Ecuador

Manuel Uchuary

  • La Constitución de la República del Ecuador, del 20 de octubre del 2008, dispone que la educación es un derecho de las personas y un deber ineludible e inexcusable del Estado, garantizando su acceso universal en todos los niveles, y gratuidad hasta el tercer nivel de educación superior pública. La pandemia por COVID-19, llevo a que el Consejo de Educación Superior, cómo órgano competente de la planificación, regulación y coordinación del Sistema de Educación Superior, tome la medida de exhortar a las Instituciones de Educación Superior para que el desarrollo de las actividades académicas, de las carreras o programas aprobados en modalidad presencial o semipresencial, pueda ejecutarse en otras modalidades de estudio. Los indicadores alarmantes de la nula o deficiente conectividad a internet en el área nacional, derivó a que la falta de acceso a la educación superior pública, vulnere el derecho constitucionalmente garantizado.


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