El presente trabajo analiza la posición de los tribunales superiores de justicia de las comunidades autónomas en la organización jurisdiccional española. Después de tratar sobre ciertos aspectos relativos a la relación de dichos tribunales con la comunidad autónoma en que radican, se defiende que el aseguramiento de la uniformidad del criterio jurisprudencial en la aplicación del derecho estatal es la función genuinamente constitucional del Tribunal Supremo, pero que dicha función es compatible con la atribución de funciones casacionales a los tribunales superiores de justicia en materia de derecho estatal, siempre que se empleen ciertos mecanismos destinados a reservar al Tribunal Supremo dirimir las discrepancias que eventualmente puedan producirse entre los tribunales superiores de justicia. El trabajo examina dichas técnicas jurídicas, así como sus ventajas e inconvenientes.
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