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Resumen de El derecho de los pacientes a solicitar la prestación del servicio de ayuda a morir. Alcance y límites

Salvador Tarodo Soria

  • español

    La Ley Orgánica 3/2021, de regulación de la eutanasia (LORE), haciéndose eco de las demandas y del sentir mayoritario de la doctrina, ha introducido en nuestro ordenamiento jurídico un nuevo derecho individual a solicitar y recibir ayuda para morir, regulando la eutanasia activa directa. No se trata, sin embargo, de un derecho a morir, sino de la legalización del derecho individual a solicitar y recibir ayuda para morir, siempre que se cumplan una serie de requisitos (arts. 5 y 6 LORE), procedimientos (arts. 8-12 LORE) y garantías (arts. 13-16 LORE). La regulación pone el acento en la exigencia de voluntariedad, en la necesidad que se den determinadas circunstancias («contexto eutanásico») para poder solicitar la ayuda y en la articulación de un proceso garantista. Se encuentran, sin embargo, algunos claroscuros sobre los que es necesario reflexionar, que afectan, por ejemplo, a la dificultad de afirmar la existencia del contexto eutanásico en supuestos límite, a la determinación de la voluntad del paciente cuando no se encuentra en condiciones de prestarla por sí mismo, a la necesidad de recibir información sobre el proceso o al consentimiento informado en el caso de incapacidad de hecho.

  • English

    The Organic Law 3/2021, regulating euthanasia (LORE), echoing the demands and the majority opinion of the doctrine, has introduced into our legal system a new individual right to request and receive help to die, regulating the active direct euthanasia. It is not, however, a right to die, but the legalization of the individual right to request and receive help to die, provided that a series of requirements (arts. 5 and 6 LORE), procedures (arts. 8-12 LORE) and guarantees (arts. 13-16 LORE) are met. The regulation emphasizes the requirement of voluntariness, the need for certain circumstances («euthanasia context») in order to be able to request assistance and the articulation of a process guarantees. There are, however, some chiaroscuros on which it is necessary to reflect, which affect, for example, to the difficulty of affirming the existence of the euthanasia context in borderline cases, the determination of the patient's will when he/she is not in a position to provide it by him/herself, the need to receive information about the process or to informed consent in the case of de facto incapacity.


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