Ayuda
Ir al contenido

Dialnet


Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, El plazo de reinversión en la adquisición de vivienda habitual para aplicar la exención de la ganancia patrimonial en IRPF: Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª., de 23 de febrero de 2022 (recurso 4629/2020)

    1. [1] Doctor en Derecho Abogado socio director de Arttax&legal Profesor en la Universidad Católica San Vicente Mártir (Valencia) y UDIMA (Madrid)
  • Localización: Carta tributaria. Revista de opinión, ISSN 2443-9843, Nº. 87, 2022
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • El Tribunal Supremo se pronuncia sobre cuál debe ser el plazo de reinversión en la adquisición de una nueva vivienda habitual para poder aplicar la exención de la ganancia patrimonial en IRPF.

      En este sentido, señala que cuando la inversión se corresponde con la adquisición de una vivienda en construcción, el plazo del que dispone el obligado tributario para reinvertir es el de dos años, contados desde la transmisión de la anterior vivienda habitual, siendo suficiente que en dicho plazo se reinvierta el importe correspondiente. Así, no resultaría necesaria la adquisición jurídica del inmueble ni que la construcción haya concluido.

      Por tanto, se encuentra excluida de gravamen la ganancia patrimonial obtenida por la transmisión de la vivienda habitual cuando el importe obtenido se reinvierta en el plazo de dos años en la adquisición de una nueva vivienda habitual, aunque dicha adquisición quede formalizada en escritura pública en un plazo superior.


Fundación Dialnet

Dialnet Plus

  • Más información sobre Dialnet Plus

Opciones de compartir

Opciones de entorno