Las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) han permeado la administración de la justicia, y el quehacer jurídico de los abogados, permitiendo el fortalecimiento de la transparencia, la economía procesal, procedimientos estandarizados, así como mayor eficiencia, productividad laboral, y organizacional a través del empleo de herramientas digitales. No obstante, la implementación de las TIC no debe implicar conculcaciones al debido proceso, el acceso a la justicia, ni a la protección de datos personales en el ámbito judicial. A pesar de los desafíos que conlleva dicha transformación digital, en la administración del servicio público de la justicia debe imperar la tutela de la seguridad jurídica, y de los principios constitucionales y legales, articulándose las medidas que permitan obtener su máximo provecho, sin desnaturalizar las bases sobre la cual se cimienta el derecho.
Information and communication technologies (ICT) have permeated the administration of justice, and the legal work of lawyers, allowing the strengthening of transparency, procedural economy, standardized procedures, as well as greater efficiency, labor productivity, and organization through the use of digital tools. However, the implementation of ICTs should not imply violations of due process, access to justice, or the protection of personal data in the judicial field. Despite the challenges that this digital transformation entails, in the administration of the public service of justice, the protection of legal certainty and constitutional and legal principles must prevail, articulating the measures that allow maximum benefit to be obtained, without distorting the bases on which the law is founded.
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