Madrid, España
El RDL 32/2021, de 28 de diciembre pasará a la historia como una reforma fruto de la concertación social que recupera los equilibrios negociadores, que se rompieron en al año 2012, y, sobre todo, como una norma contra el abuso de la contratación temporal. Para ello, se potencia de forma decidida el uso del contrato fijo-discontinuo. El nuevo régimen jurídico de esta modalidad de contrato indefinido unifica los anteriores fijos-discontinuos y fijos-periódicos y deja un notorio espacio de desarrollo a la negociación colectiva sectorial.
RDL 32/2021, of December 28, will go down in history as a reform resulting from social agreement that recovers the negotiating balance, which was broken in 2012, and, above all, as a rule against abuse of temporary hiring. To do this, the decisive use of the permanent-discontinuous contract is promoted. The new legal regulation of the permanent-discontinuous contract unifies the previous permanent-discontinuous and anual part time contracts and leaves a notorious space for the development of sectoral collective bargaining.
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