El sistema de puerto seguro o no responsabilidad establecido en la Directiva 2000/31/ce, aplicado durante veinte años a los prestadores de servicios para compartir contenidos en línea, ha sido objeto de debate por ser un obstáculo a la hora de combatir los ilícitos en materia de Propiedad Intelectual, trayendo como consecuencia jurisprudencia con interpretaciones contrapuestas respecto de las excepciones de responsabilidad para este tipo de intermediarios; de igual modo, surgieron los nuevos servicios de la web 2.0 y cambios en el mercado, factores que culminaron con una propuesta de un nuevo régimen de responsabilidad, el conocido artículo 13, con diversas obligaciones dirigidas en exclusiva a estos prestadores de servicios, lo que significó un cambio de paradigma, objeto de grandes críticas y movimientos que llevaron a múltiples enmiendas hasta su versión final aprobada como artículo 17 en la Directiva 2019/790, la cual se enfrenta a grandes retos para su implementación, de un lado, a nivel legislativo con la transposición por cada Nación y, de otro lado, a nivel práctico para cumplir las disposiciones de manera adecuada, aspectos que abordaremos en detalle en el presente trabajo.
The safe harbor or no responsability system established in Directive 2000/31/ce, applied for twenty years to online sharing platforms, has been a subject of discussion for being an obstacle to combat crimes in the field of Intellectual Property, resulting in conflicting jurisprudence on the liability exceptions for this type of intermediaries; at the same time as new web 2.0 services and changes in the market emerged, factors that culminated in a proposal for a new liability regime, known as the popular article 13, with various obligations directed exclusively at these service providers, that meant a paradigm shift, object of criticism and movements that led to multiple amendments until its final version approved as article 17 in Directive 2019/790, which faces challenges for its implementation, on the one hand, at the legislative level with the transposition by each Nation and on the other hand, at a practical level to adequately comply with the provisions, aspects that we will address in detail in this work.
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