Andrés Domínguez Luelmo, Víctor Herrada Bazán
Este trabajo ha estudiado brevemente el fenómeno del simple retraso en el cumplimiento de obligaciones, es decir, la no observancia del tiempo de realización de la prestación debida sin que exista constitución en mora del deudor. En particular, los autores defienden no solo la cualidad de incumplimiento obligacional del simple retraso, sino también su eficacia jurídica, frente a las varias voces de la doctrina española que sugieren la irrelevancia jurídica de dicho fenómeno cuando no se encuentra vigorizado por la mora debitoris.
This paper briefly has analyzed the simple delay in performance of obligations, that is to say, the non–observance of the time for the performance without the debtor being in arrears. In particular, the authors defend not only the quality of non–performance of the simple delay, but also its legal effectiveness, in contrast to the various voices of Spanish doctrine that suggest its legal irrelevance when it is not invigorated by mora debitoris.
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