En otras palabras, la creación y constitucionalización de la Fiscalía General de la Nación se encuentra, no en la Constitución de 1991, sino en la Constitución Nacional de 1886, que fuera reformada por el Acto Legislativo No. 1 de 1979. Allí se disponía que : El Ministerio Público era ejercido por el Procurador General de la Nación y el Fiscal General de la Nación. Las funciones del Fiscal General de la Nación, y de sus agentes, eran: la persecución de los delitos, la acusación de los infractores ante la autoridad competente y la dirección de la Policia Judicial.
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