La Corte Penal Internacional tiene competencia sobre cuatro categorías de crímenes :genocidio, lesa humanidad, crímenes de guerra y la agresión (artículos 5 a 8 del Estatuto). Es posible que no sea aplicable el crimen de genocidio en el caso de la invasión de Ucrania por Rusia, pero las informaciones que proporcionan los correspondientes extranjeros más los informes de Amnistía internacional y del Alto Comisionado de Naciones Unidas par a los Refugiados conducen a varios delitos que el Estatuto de Roma subsume dentro de la categoría de crímenes de lesa humanidad: asesinatos, deportaciones o traslados de población, encarcelación, violación, desaparición forzada de personas y algunas de las categorías recogidas bajo la denominación de crímenes de guerra
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