El estudio del Derecho indiano se ha centrado, principalmente, en las instancias de los diferentes cuerpos de la Potestad Temporal. Sin embargo, para comprender a cabalidad esta tradición jurídica es necesario referirse también al Derecho canónico indiano, propio de la Iglesia Católica y que tuvo decisiva influencia en la conformación de la Hispanoamérica virreinal. Su descubrimiento ha seguido su propia dinámica, dentro del cual el estudio de la tradición conciliar de las diferentes provincias eclesiásticas ha sido fundamental. En el presente artículo queremos reconstruir el proceso historiográfico que permitió descubrir la historicidad del Tercer Concilio Provincial Mexicano, con énfasis en lo sucedido entre 1958 y 1987. Entonces se hicieron los hallazgos documentales más importantes y se plantearon los cuestionamientos que aún guían nuestros esfuerzos.
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