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La regla contra las perpetuidades en el derecho inglés

    1. [1] Universitat Internacional de Catalunya

      Universitat Internacional de Catalunya

      Barcelona, España

  • Localización: Revista Crítica de Derecho Inmobiliario, ISSN 0210-0444, Año nº 98, Nº 790, 2022, págs. 949-983
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • The rule against perpetuities in English law
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • español

      Este artículo trae a consideración una institución jurídica del Derecho inglés que opera como límite temporal al poder de disposición ínsito en el derecho de propiedad, conocida como Regla contra las Perpetuidades. Se trata de una norma que nació con carácter jurisprudencial en el siglo XVII. Fue positivizada por primera vez en 1964. Esta primera ley fue reformada en 2009 por el "Perpetuities and Accummulations Act" de 2009, que contiene el régimen vigente. La Regla opera imponiendo la obligación al propietario de que los llamamientos sucesivos que pueda realizar a todo o parte de su patrimonio no se hagan efectivos más allá de un periodo de 125 años a contar de acuerdo con las especificaciones legales. Tras exponer las líneas fundamentales del régimen inglés se proponen una serie de conclusiones sobre el paralelismo que puede tener con las limitaciones a las prohibiciones de disponer del ordenamiento español.

    • English

      This paper takes into consideration the rule against perpetuities, a legal institution of English law that acts as a temporary limit to the power of disposal of the property owner. This rule was born in England in the 17th century and was originally based on case-law. For the first time, it was embodied in the 1964 Perpetuities and Accumulations Act. The 1964 Act was amended in 2009 by the Perpetuities and Accumulations Act, which includes the current regime. This rule introduced a 125-year perpetuity period for trusts; it means that all interests created on real or personal property under a trust must vest within such trust period or before such vesting day. This paper presents the fundamental outlines of the English regime and draws up a set of conclusions. These conclusions focus on the parallels between this English rule and the provisions of the Spanish legal system regarding the constraints on the power of disposal of the owner.


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