Un asunto poco tratado, pero que tiene una enorme repercusión para quienes lo padecen, es el trato que el Código Penal otorga a las personas discapacitadas, cuando cometen un delito y se incoa un proceso penal contra ellas. La aplicación de una circunstancia eximente —y consecuentemente una medida de seguridad— o una circunstancia atenuante, que sólo rebaja la duración de la pena de prisión, comporta importantes diferencias. La realidad es que estas personas transitan muchas veces entre los centros de educación especial y las prisiones, sin hallar el lugar idóneo para su reinserción.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados