La concepción romana de la memoria eterna persigue la inmortalidad del alma a través del recuerdo perdurable del difunto. Por ello, la condena accesoria a la pena capital o al destierro, la damnatio memoriaepor crimen maiestatis, fue un castigo cruel y temido que suponía, además, de la deshonra pública, la condena al olvido del condenado, con la aniquilación de cualquier monumento erigido en su honor, el tachado de su nombre y efigie, la abolitio nominis y la rescissio auctorum. También se decretó, con el mismo carácter accesorio a la pena principal, la publicatio bonorum con las consiguientes consecuencias para los herederos del condenado. Ambas penas, supusieron una excepción al principio de que el crimen se extinguía con la muerte del reo.
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