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Contrato declarado nulo:: ¿debe ser el contratista indemnizado?

  • Localización: Contratación administrativa práctica: revista de la contratación administrativa y de los contratistas, ISSN 1579-3036, Nº. 178, 2022, págs. 86-87
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • Determinado Ayuntamiento y la entidad recurrente suscribieron a partir de 1998 diversos contratos de arrendamiento de vehículos, que fueron puestos por ésta a disposición de aquél. El Ayuntamiento abonó durante un tiempo (hasta 2003) el precio pactado al efecto y después dejó de hacerlo, pese a seguir utilizando determinados vehículos, lo que motivó la reclamación por parte de la ahora recurrente de las cantidades adeudadas, que fueron parcialmente satisfechas. Incoado procedimiento de revisión de oficio, se emitió dictamen favorable a dicha revisión por el Consejo Consultivo, en el que se hizo mención a los defectos sustanciales concurrentes en el procedimiento de contratación y, singularmente, a la inexistencia del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y del Pliego de Prescripciones Técnicas. El Pleno municipal adoptó acuerdo el 30 de marzo de 2007. Se discute si la empresa recurrente tiene derecho a reclamar por la vía de la responsabilidad patrimonial el importe de las facturas emitidas y no pagadas por los servicios efectivamente prestados.


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