José Luis Martínez-Alonso Camps, Dànae Garcia Manzanares
El artículo analiza la aplicación a la concesión de servicios de la prima de 5 puntos porcentuales o la compensación económica de su coste en la presentación del estudio de viabilidad, prevista para la concesión de obras en el art. 247.5 de la LCSP, al amparo de la cláusula de supletoriedad de la regulación de esta respecto de aquella y sobre la base de la compatibilidad con la naturaleza del contrato de concesión de servicios que exige el art. 297 de la LCSP.
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