La reciente Sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid en el caso de los controladores aéreos ha resuelto dos cuestiones no exentas de cierta polémica en la práctica procesal penal, al margen del fondo del asunto. La Sentencia deja claro —remitiéndose a varios pronunciamientos jurisprudenciales del Tribunal Supremo— que es posible y admisible la personación de la acusación particular aún después de la preclusión del trámite de calificación. A su vez, admite una práctica cada vez más extendida en la jurisdicción penal: las conformidades parciales encubiertas.
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