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El Tribunal Constitucional alemán declara inconstitucional el derecho temporalmente ilimitado al cobro de contribuciones urbanísticas.

  • Autores: Diego González Ortiz
  • Localización: Revista española de derecho financiero, ISSN 0210-8453, ISSN-e 2695-7493, Nº 193, 2022, págs. 207-216
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • El Primer Senado del Tribunal Constitucional alemán (BVerfG), en su Sentencia de 3 de noviembre de 2021 (1 BvL 1/19) ha decidido que el art. 3.1, subapartado 4, de la Ley de Impuestos Locales de Renania-Palatinado es incompatible con el art. 2.1 de la Ley Fundamental alemana, junto con principio constitucional de seguridad jurídica expresado en el artículo 20.3 del texto constitucional, en la medida en que permite a los Ayuntamientos liquidar contribuciones urbanísticas, de forma ilimitada en el tiempo después de que se haya producido la situación ventajosa. La obligación de cotizar en Renania-Palatinado prescribe cuatro años después del nacimiento del crédito fiscal. Sin embargo, el inicio del período de liquidación no viene determinado por la obtención del beneficio, porque el nacimiento del crédito fiscal depende de requisitos adicionales. Entre otras cosas, se requiere una dedicación pública de las obras de urbanización, que solo puede tener lugar después de que la obra se haya completado realmente. Por tanto, la obtención efectiva de un beneficio y la recaudación de las contribuciones especiales puede diferir enormemente en términos de tiempo. Esto viola el Estado de Derecho en forma de exigencia de claridad y previsibilidad del gravamen al servicio de la seguridad jurídica.


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